REPRESENTACIÓN DE UGT EN LA JUNTA DE PDI DE LA UMH
La Junta de Personal Docente e Investigador de la Universidad Miguel Hernández de Elche es un órgano colegiado de representación de todo el personal funcionario Docente e Investigador, para la defensa y promoción de sus intereses individuales y colectivos, a través del cual se establecen cauces de participación en la determinación de las condiciones de trabajo y la defensa de sus intereses sociolaborales dentro del ámbito competencial de la legislación vigente y los Estatutos de la UMH.
Son finalidades de la Junta de PDI:
1.- Defender y representar los intereses sociolaborales, los económicos y los administrativos del personal Docente e Investigador adscrito a la UMH.
2.- Representar al PDI en los órganos colegiados de la UMH según establezcan sus Estatutos, o los reglamentos internos de estos.
3.- Informar, lo más ampliamente posible, de todas sus actividades para el conocimiento general de sus representantes determinando, en cada momento, el procedimiento más adecuado.
4.- Fomentar las relaciones laborales en el seno de la UMH para conseguir la unidad entre sus miembros y, así, propiciar las actividades y las reuniones que faciliten la comunicación y la toma de acuerdos colectivos.
Son competencias de la Junta de PDI:
1.- Recibir información que le será facilitada, al menos, trimestralmente por el Rector u otras autoridades académicas, sobre la política de personal de la Universidad.
2.- Emitir informe, a solicitud de la Administración Pública correspondiente, sobre las siguientes materias:
a) Traslado total o parcial de las instalaciones.
b) Planes de formación del personal.
c) Implantación o revisión de sistemas de organización y métodos de trabajo.
3.- Ser informados de todas las sanciones impuestas por la Autoridad por faltas muy graves.
4.-Tener conocimiento y ser oídos en las siguientes cuestiones y materias:
a) Establecimiento de la jornada laboral y del horario de trabajo.
b) Régimen de permisos, vacaciones y excedencias.
c) Cantidad que recibe cada funcionario por complemento de productividad o destino.
5.- Conocer, al menos trimestralmente, las estadísticas sobre el índice de absentismo y las causas; los accidentes en acto de servicio y las enfermedades profesionales y las consecuencias; los índices de siniestralidad; los estudios periódicos o espéciales del ámbito y las condiciones de trabajo; como también de los mecanismos de prevención que se utilicen.
6.- Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de condiciones de trabajo, Prevención de Riesgos Laborales, Seguridad Social y empleo ejerciendo, en su caso, las acciones legales oportunas ante los organismos competentes.
7.- Vigilar y controlar las condiciones de seguridad e higiene formando parte del Comité de Seguridad e Higiene de la UMH.
8.- Participar en la gestión de obras sociales para el personal, establecidas en la Administración de la Universidad.
9.- Colaborar con la Administración para conseguir el establecimiento de las medidas necesarias, y procurar, así, una mayor eficacia del servicio.
10.- Informar a los representantes en todos los temas y cuestiones a qué se refiere este artículo. Para eso podrá convocar reuniones o asambleas de tipo sectorial o general, y de otras medidas, reconocidas en la legislación sindical como instrumentos de defensa de las reivindicaciones de los trabajadores de la UMH.
Por último se reconoce a la Junta de PDI la legitimación para iniciar, como interesados, los procedimientos administrativos correspondientes y ejercer las acciones en vía administrativa o judicial en todo lo que respecta al ámbito de sus funciones.
Así mismo se reconoce a cualquiera de sus representados que consideren lesionados sus derechos, o detecten una situación de injusticia, que podrán ponerlo en conocimiento de la Junta de PDI, por escrito, a través de cualquiera de sus miembros, este escrito se pondrá en conocimiento de la Junta de PDI, para la resolución oportuna.